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Tribunal ordena a Duque atender solicitud de estudios que justifican cierre de templos

Duque estudios
Escrito por Redacción R+F

Seguimos defendiendo la libertad de los católicos y de todos los creyentes.

Como parte de la campaña de razonmasfe.com para solicitar al presidente Duque que se permita la apertura de templos en todo el país, adoptando las medidas de bioseguridad estándar, el pasado 22 de julio el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió favorablemente nuestra tutela ante la negativa del Gobierno de presentar los estudios que sustentaron su decisión de restringir la libertad de cultos.

“Así, como quiera que la actora solicitó que se abrieran los lugares de culto religioso, luego de hacer los estudios pertinentes –de los cuales, solicitó copia– y se informara la decisión adoptada, no es de recibo que la parte pasiva pretenda que se tenga por satisfecho el derecho de petición con la comunicación enviada a la interesada el 19 de mayo de 2020, en tanto esta, no responde de fondo a lo peticionado sino constituye una respuesta de agradecimiento a la propuesta”.

Tribunal Administrativo de Cundinamarca, expediente A.T. 2500023315000-2020-02428-00

Así se restringió el culto religioso en Colombia

Debe recordarse que el Ministerio de Salud decretó el pasado 12 de marzo la emergencia sanitaria nacional por la llegada al país del Covid-19 (Res. 385/20), el 18 de marzo se decretó (Res. 453/20) el cierre al público de los establecimientos de comercio, diversión, ocio, entretenimiento (entre los cuales no estaban incluidos los templos), el 22 de marzo se decretó el aislamiento nacional preventivo (Decreto 457) restringiendo efectivamente todas las actividades económicas y sociales, entre las cuales se incluyeron las actividades de culto religioso, el 24 de abril se estableció el protocolo de bioseguridad a nivel nacional (Res.666/2020), el 6 de mayo se establecieron medidas de flexibilización y regionalización del confinamiento, a través del Decreto 636 de 2020, excepto para las actividades de gastronomía, ocio y recreación que impliquen aglomeración, el cual no incluyó las actividades de culto. 

Sin embargo, en la rueda de prensa para la presentación del Decreto el Ministro de Salud verbalmente mencionó las actividades de culto, como generadoras de “aglomeración“, y por lo tanto exceptuadas de las medidas de flexibilización y regionalización, lo cual parecía una apreciación personal y no el resultado de una decisión técnica del Ministerio.

Por ese motivo, el 8 de mayo un centenar de lectores de razonmasfe.com remitieron un Derecho de Petición solicitando al Gobierno se autorice expresamente la apertura de los templos, luego de hacer los estudios correspondientes y remitiendo copia de los mismos, con el fin de que haya transparencia y la decisión esté soportada científicamente.

El Gobierno remitió una carta de agradecimiento, sin responder de fondo ni presentar los estudios respectivos. 

Sin embargo, el 28 de mayo expidió el Decreto 749 de 2020, incluyendo la prohibición expresa en todo el territorio nacional de

“Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior”. 

Finalmente, el Gobierno Duque expidió el Decreto 878 de 2020 el cual estableció que

“Los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior”.

Hasta el momento no hemos sido notificados de que la sentencia de tutela haya sido impugnada, lo cual significa que quedó en firme la orden de responder a nuestra solicitud. 

Por otra parte, el Gobierno informa que dio traslado de nuestra petición a la Alcaldía de Bogotá para que resuelva sobre la apertura de los templos en esta ciudad. Dejando sin responder nuestra petición de dar a conocer los estudios realizados para tomar la decisión sobre los templos.

Seguimos en la batalla jurídica

Sin bien en un primer momento la respuesta dada por el Gobierno parecía ser el resultado de un descuido, el comportamiento evasivo frente a una orden judicial da la impresión de que en el fondo el trato restrictivo dado a los creyentes puede estar basado en prejuicios de Duque y su Ministero de Salud, antes que evidencias epidemiológicas.

Por estas razones hemos decidido seguir adelante con nuestra petición, y en las próxima horas presentaremos una denuncia de desacato a la tutela, de modo que podamos tener la certeza sobre si el tratamiento dado a la Colombia Creyente es discriminatorio o no.

Si quieres apoyarnos en esta lucha por el respeto a la fe y a los creyentes, por favor considera hacer un aporte periódico a nuestra fundación:

Esta es la sentencia de tutela:

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