Luego de un intenso lobby por parte del Gobierno de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kichner, varios senadores que habían votado en contra y se habían comprometido con la defensa de la vida, decidieron cambiar su voto para aprobar que legaliza el aborto con unos límites aparentes, pero que en la práctica lo permite a libre demanda.
Como recoge Actuall, estas son las claves de la ley que aprobó el Congreso de Argentina:
- «Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar» (sic) tienen derecho a abortar a sus hijos hasta la semana 14 de vida prenatal.
- Se permitirá durante todo el embarazo sólo con la mera declaración jurada de haber sido víctima de violación (esta declaración jurada no será necesaria para menores de 13 años) o «si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante».
- Se establece un plazo de 10 días desde que se solicita el aborto y su realización.
- Se prohíbe al personal sanitario valorar la petición de la mujer que solicita un aborto: «Las decisiones de la paciente no deben ser sometidas a juicios derivados de consideraciones personales, religiosas o axiológicas por parte del personal de salud, debiendo prevalecer su libre y autónoma voluntad».
- Se prohíbe ofrecer información sobre alternativas al aborto: «La paciente tiene derecho a recibir la información sobre su salud; el derecho a la información incluye el de no recibir información inadecuada en relación con la solicitada.
- Los padres quedan excluidos de un proceso de aborto que afecte a sus hijas menores de edad a partir de los 16 años. En el caso de las menores de 16 años se requerirá de un consentimiento informado.
- La objeción de conciencia, restringida. Aunque se reconoce, se obliga a derivar a un médico dispuesto a abortar al nonato «sin dilaciones» y se advierte de que «el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable». Se advierte de «sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles» a los médicos.
- El aborto queda incorporado a la cartera de servicios del sistema público de salud a cargo de los impuestos de los argentinos.
- Se aprovecha la norma para hacer obligatorio el sistema de adoctrinamiento en materia sexual conocido como Ley de Educación Sexual Integral.
- Se prevén penas de 3 meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo al profesional sanitario o funcionario del sistema de salud que «dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados».
Así se registraron los votos del senado:
El movimiento abortista viene trabajando casi cuatro décadas para implantar la revolución sexual en ese país:
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