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Sentencia del Tribunal Supremo de España prohibiría que se vuelva a colgar la “bandera gay” en edificios públicos

Escrito por Redacción R+F

La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo ha creado una doctrina según la cual advierte «que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas», informa Infocatólica.

Esta sentencia  no estudiaba el caso de la bandera gay sino de la “bandera nacional de Canarias”, que a pesar de no ser oficial luego de una decisión política fue colgada en por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

La bandera no oficial había sido colgada en la acera exterior del edificio, frente a la fachada de la corporación, en un mástil auxiliar.

El Tribunal resolvió que el acuerdo municipal que había sido aprobado por la mayoría de los grupos políticos, era nulo de pleno derecho debido a que las administraciones públicas no pueden legalmente exhibir otras banderas que no sean las oficiales.

Esta jurisprudencia ahora podrá ser invocada para cualquier otro caso similar, incluyendo los de la bandera gay, que se iza para mostrar el poder político que ha conseguido el movimiento homosexualista.

Fuente: Una sentencia del Tribunal Supremo impedirá poner la bandera LGTBI en edificios públicos

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