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Médicos pro-vida mexicanos tendrán que poner buena cara cuando les pidan un aborto

«El retraso en la provisión de servicios de aborto seguro conlleva el riesgo potencial de dañar la salud y el bienestar de las mujeres y personas con capacidad de gestar y de exponerlas a tratos inhumanos, crueles y degradantes», establece el nuevo lineamiento redactado por la Secretaría de Salud de México, con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud.

El lineamiento restringe la objeción de conciencia del personal de salud, prohibiendo la objeción institucional y condiciona su ejercicio a «aquellos casos en los que no represente un riesgo a la salud y la vida de las usuarias».

Una condición que suele ser interpretada de forma tan laxa, que tiene el potencial de hacer inviable el ejercicio de ese derecho.

El lineamiento también establece que no se podrá invocar cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

Viola el derecho de no cooperar con el aborto

El lineamiento convierte al personal provida en agentes facilitadores del aborto, al exigirles un deber «información y referenciación» para la mujer que quiera practicárselo:

«…la objeción de conciencia no se debe argumentar para negar o retrasar la atención sanitaria y la provisión de información y referencia a la cual tienen derecho las personas, de lo contrario se puede incurrir en responsabilidad profesional.»

Aunque se exige que la información que se le brinde a la madre gestante sea «accesible, objetiva, clara, veraz, suficiente y basada en evidencia científica», la cual debe incluir información sobre anticoncepción, es claro el lineamiento tiene tal sesgo proaborto, que cualquier información veraz y objetiva que desaconseje el aborto y la anticoncepción podría ser calificada como una falta profesional.

A poner buena cara

El lineamiento también reglamente la «actitud» que debe tener el personal médico, frente a las mujeres que solicitan abortos:

«el personal deberá conducirse con una actitud y comportamiento empáticos que no juzgue, estigmatice o invalide las emociones que expresan las usuarias y mantener un constante reconocimiento de las diferencias que pueden existir entre las creencias, valores e ideologías respecto al aborto para actuar con apego a los DDHH. Se debe poner especial atención en las solicitudes de menores de edad…»

Sanciones para los médicos

En caso de que los doctores o enfermeras, debido a sus creencias y convicciones, se nieguen a prestar atención médica cuando se solicite la mal llamada práctica de «interrupción» de un embarazo, ellos podrían enfrentar sanciones de acuerdo a lo publicado por la Secretaría de Salud.

«La ley establece sanciones para el profesional, técnico o auxiliar de la atención médica que sin causa justificada se niegue a prestar asistencia a una persona, en caso de notoria urgencia, poniendo en peligro su vida».

Este es el documento:

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