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El infanticidio, después de un aborto fallido, no es ningún delito: Fiscal de California

Escrito por Redacción R+F

Érase una vez una anciana que descubre un bebé en su campo de coles; como se compadece de él, lo adopta. Cuando la anciana muere, el niño, Totò, entra en un orfanato. Años más tarde, deja el orfanato como un hombre joven y feliz, y busca trabajo en el Milán de la posguerra. Termina ayudando a personas sin hogar y los organiza para construir un barrio de chabolas en un terreno baldío. Los ocupantes descubren petróleo en el terreno, y Totò tiene una visión de la anciana, que le da una paloma mágica que le concederá cualquier cosa que desee. 

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En los alegatos finales dentro del proceso criminal que impulsa en contra de David Daleiden, el investigador provida que se infiltró y denunció a la mafia abortista que comercia con partes de bebés,  el Fiscal de California argumentó que el infanticidio en el marco de un proceso de aborto, no constituye un delito.

Ese planteamiento es fundamental para lograr la condena de los investigadores provida, pues la legalidad de las grabaciones realizadas de manera encubierta depende de si se hicieron con el objetivo de descubrir un delito.

Actualmente, David Daleiden y la periodista Sandra Merritt, se enfrentan a 14 cargos criminales por haber registrado conversaciones confidenciales a través de los cuales expusieron el comercio de partes de bebés abortados.

David Daleiden argumentó que el procedimiento abortivo se adecua a las exigencias del comercio de órganos, siendo necesario lograr el nacimiento del bebé vivo, con el fin de obtener corazones y cerebros en buenas condiciones para las necesidades de sus clientes.

“Paternidad Planificada comercia con partes de bebés”, dice una manifestante provida a las afueras del tribunal.

En el caso del corazón, por ejemplo,  es necesario que esté latiendo a la hora de inyectarlo con una inyección de potasio,  de modo que el tejido esté relajado,  ya que de detenerse antes de el proceso de extracción es imposible sacarlo después del estado de contracción.

De acuerdo con el documento radicado por el fiscal encargado del estado de California, Johnette Jauron, “legalmente el feto no es una persona,  y por lo tanto no se le puede aplicar la excepción del artículo 633.5“,  en referencia a la autorización legal para grabar sin el consentimiento de las personas, cuando están vinculadas al movimiento violento contra otra persona.

Cambio de paradigma

Hasta hace poco tiempo, el momento del nacimiento se tomaba como un límite absoluto para la protección de la vida del ser humano.

Sin embargo, como lo señala el abogado de la Sociedad Tomás Moro, Tom Brejcha, ” ese paradigma está cambiando”.

En un instante el feto equivale a cero, pero al momento siguiente es una persona a los ojos de la ley, merecedora de protección constitucional y el debido proceso. Sin embargo, esta línea se está volviendo borrosa.

– Tom Brejcha

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