Actualidad

Fallo contra Arias: persecución política pura y dura

Escrito por Redacción R+F

Hay más evidencia contra los magistrados y los medios de comunicación por instrumentalizar políticamente el juicio contra Arias, que la que existe de la responsabilidad del exministro en los delitos por los que fue condenado.

La presentación del proyecto de ley para garantizar la doble instancia a los aforados ya juzgados, el cual beneficiaría entre otros al exministro Arias, recientemente extraditado a Colombia para cumplir una condena de 17 años por corrupción, ha caldeado sin duda el ambiente político del país, ya de por sí bastante polarizado.

La mayoría de colombianos, incluso buena parte de los anti uribistas, consideran injusta la condena de Arias no solo por lo exagerado de la misma, sino porque perciben que, más que un caso de corrupción, se trata de una persecución jurídica contra el uribismo por parte del brazo judicial de la izquierda política colombiana.

Tomado de Twitter.

Hasta Semana defiende a Arias

Incluso, la muy poco uribista Revista Semana reconoce en su última edición que no existe prueba de corrupción en el caso de Arias, y se dedica a desmontar uno a uno los mitos que en la opinión pública se han posicionado para justificar su condena.

Tomado de la Revista Semana.

En primer lugar, Semana rectifica la percepción de que el programa estaba dirigido a campesinos pobres, ya que la Ley aprobada en 2006 incluía apoyos para grandes agricultores, de modo que pudieran competir con Estados Unidos dentro del Tratado de Libre Comercio con ese país.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 375

Además, la revista confirma que el programa fue exitoso: benefició a “316.000 familias campesinas, la mayoría de bajos recursos”, impactando un millón de hectáreas. De modo que a pesar de lo polémico que pudieran parecer esos subsidios, “aun así, en esos casos está probado que el dinero recibido sí se invirtió en el riego de los cultivos”.

Es decir, el programa cumplió su misión y el dinero no se perdió.

Entonces, ¿por qué condenaron a Arias?

De acuerdo con la Revista Semana, “El eje de la controversia es semántico. Si el riego era una actividad tecnológica podía contratarse directamente con el IICA, como efectivamente hizo Arias. Si no lo era, tenía que convocar una licitación”.

Y la idea de elegir ese modelo contractual ni siquiera fue del condenado exministro. Arias simplemente siguió la costumbre contractual de la entidad, como lo habían hecho todos los ministros antes que él: “el hecho es que todos los ministros anteriores a Arias, incluso los que lo sucedieron como Juan Camilo Restrepo, contrataron con esa entidad del mismo modo y a nadie le pareció ilegal”.

Por otra parte, Semana aclara que si bien en la opinión pública ronda la idea de qua Arias fue condenado por haberse probado “un cruce de favores” con los patrocinadores de su campaña política, lo cierto es que “nada de esto aparece mencionado en la sentencia”.

Los atroces argumentos de la Corte Suprema de Justicia para condenar a Arias

Luego de estudiar los fallos de la Procuraduría y de la Corte Suprema de Justicia, lo peor que puede decirse de Andrés Felipe Arias es que cometió un error: hizo más de lo que legalmente podía para ejecutar con prontitud el programa estrella de su administración, Agro Ingreso Seguro, destinado en especial a fortalecer la exportación agrícola en el marco del TLC con Estados Unidos.

En su afán de ejecutar cuanto antes el programa AIS, presionó a sus subalternos para que encontraran salidas jurídicas creativas, las cuales terminaron siendo cuestionables desde el punto de vista contractual.

Los testimonios del proceso penal evidencian que Arias estaba obsesionado por comenzar a ejecutar el proyecto el 2 de enero de 2007, un año después de haberse firmado el tratado de libre comercio con EE.UU., y cinco años antes de su entrada en vigencia.

En eso coinciden la Fiscalía y la Corte Suprema, como queda registrado en la sentencia: “La Fiscalía aseguró y así quedó demostrado, que el interés por comenzar de manera inmediata la ejecución de los recursos apropiados para AIS, determinó la escogencia del IICA para efectuarla”.

Arias quiso que AIS llegara a los pequeños campesinos reportados por deudas con el sistema bancario

Pero además, la Corte Suprema de Justicia comprobó que Arias tuvo otra motivación para buscar ese tipo de contratación: si se hubiera hecho con FINAGRO, como se propuso inicialmente, pequeños agricultores reportados en centrales de riesgo habrían quedado fuera del programa.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 219

Arias descartó esa vía y le pidió a su equipo que buscaran otro modelo. Le propusieron un convenio de cooperación con el IICA, como ya lo había hecho el Ministerio de Agricultura otras 132 veces desde 1964 (15 de ellos para riego por contratación directa), como se había hecho recientemente por el mismo IICA en México, Brasil, Perú, Chile y Centroamérica.

Y Arias aceptó. Y desde ese mismo momento su vida, la de su familia y su prometedor futuro en la vida pública se convirtió en una bomba de tiempo.

Ironía suprema: según el expediente Arias eligió la vía contractual equivocada, entre otras cosas, porque quería llegar al mayor número de pequeños campesinos; sin embargo, ante el circo mediático, fue condenado por entregar a terratenientes subsidios destinados a campesinos pobres.

¿Y los contratos “criminales”? Fueron prorrogados por dos años más en cuanto llegó el Gobierno Santos, con Juan Camilo Restrepo como Ministro de Agricultura, quien limitó a la defensa de Arias el acceso a los documentos del programa.

Para ver análisis de los argumentos de la Corte, nivel PRO (con el máximo detalle jurídico), haz clic en los enlaces:

El artificio de la CSJ para condenar la “inequidad”, ¿un gesto a la galería para alimentar el discurso antiuribista?

Pero la dura realidad es que el programa AIS, en el módulo de riego y drenaje, fue bastante equitativo.

Si se suman el número total de hectáreas subsidiado a pequeños y grandes productores, se tiene que en las 4 convocatorias los primeros recibieron subsidios por 143 mil millones de pesos destinados a 42 mil hectáreas, mientras los segundos recibieron sólo 102 mil millones de pesos para 67 mil hectáreas.

A pesar de que cada proyecto productivo tiene variables diferentes, y naturalmente por eso tienen diferentes costos, el balance final lleva a la conclusión de que los pequeños productores recibieron en promedio un mayor subsidio por hectárea que los grandes (3,3 millones frente a 1,5 millones), algo que parecería muy “equitativo”.

Pero la Corte logra darle la vuelta a esa evidencia a favor de la equidad del proyecto, ¡excluyendo del análisis el número de hectáreas!

En su lugar, los magistrados imponen como criterio para establecer si hubo o no peculado el “monto promedio por familia”.

Perspectiva más apropiada para un proyecto asistencialista, que para uno productivo, como el de Agro Ingreso Seguro.

La Corte señala que los subsidios deberían haberse entregado por familia, sin tener en cuenta el número de hectáreas, y en promedio deberían ser mayores para los campesinos pobres, para combatir la “desigualdad”.

Y es a través de esa perspectiva tan rebuscada como descontextualizada, que la CSJ intenta darle algún sustento a la acusación de la Fiscalía, muy mediática por cierto, lanzada por la difunta Revista Cambio, promovida sin descanso por Noticias Uno y asumida luego como bandera por la Fiscalía de Viviane Morales, según la cual Arias benefició a familias ricas con subsidios que le correspondían a familias pobres.

A partir de ese cálculo la Corte concluye que hubo una “total desproporción entre el monto del subsidio asignado al pequeño productor y el otorgado a uno grande o mediano”, que “el monto de la contrapartida y el número de hectáreas a irrigar definidos por el Ministro, fueron, en la práctica dos aspectos determinantes en la desproporción en el monto de los subsidios entregados por el sector”, de modo que “no era indispensable que el Ministro se reuniera con los evaluadores del IICA para pedirles que viabilizaran uno u otro proyecto, o les hiciera insinuaciones directas o a través de interpuesta persona, pues lo real es que los criterios que fijó para calificar las propuestas permitían cumplir el objetivo trazado, como está demostrado que acaeció”.

¿Y la prueba de mala fe necesaria para la condena por prevaricato?

La idea que tanto se repite en la opinión pública de que a Arias lo condenaron justamente porque “robar para otros también es robar”, hacer referencia al grupo de 11 empresarios que efectivamente cometieron irregularidades, al recibir más subsidios de los que tenían derecho, los cuales en total alcanzaron la cifra de 25 mil millones de pesos, que devolvieron en su integridad y por eso todos están libres.

Para vincular a Arias como “coautor” de estos casos la Corte aplica el mismo criterio anterior según el cual el “dolo” se deduce de sus condiciones personales, y de que para los magistrados sólo la mala intención explica la participación de Arias en el “diseño de los términos de referencia de las convocatorias”.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 343
Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 344

En cuanto al dolo o mala fe que se necesita ser responsable de fraudes que cometieron terceros, la Corte asume que Arias era consciente de que se podían cometer y no hizo nada para evitarlos.

Entre otras cosas, la Corte argumenta que la firma Econometría S.A. hizo recomendaciones para las convocatorias posteriores a 2007, que de haberse puesto en práctica habrían evitado algunos de los ilícitos.

Sin embargo, los testigos del proceso afirmaron que el Ministro no conoció físicamente el documento con las recomendaciones.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 339

Pero para la Corte que Arias no haya leído el informe no es más que otra prueba de su mala fe.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 340

Otra argumentación sorprendente es que la Corte interprete la solicitud de Arias a los palmicultores en un congreso en Cartagena, el sentido de que él sería el único vocero frente a los medios, algo deseable en el manejo de cualquier crisis mediática, como prueba de ser conocedor y cómplice de todas las actuaciones ilícitas que hayan podido cometer terceros.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014

Es muy diciente que la Corte reconozca, que no hay ningún documento ni testimonio, que sugiera que él hizo parte de un plan para realizar los fraudes que se cometieron con el programa, mucho menos que logre demostrarlo.

Pero para justificar una de las máximas condenas por corrupción en la historia del país, parecería que a la Corte le basta el refrán “piensa mal y acertarás”: el que como Ministro hubiera trazado las políticas del programa, que hubiera influido el diseño del concurso público para los subsidios de riego, que exfuncionarios suyos hicieran parte del Comité del IICA encargado de asignar los subsidios le daba un “control total” del programa, el que no haya leído el informe de ECONOMETRÍA, el que haya querido ser la única voz frente a los medios sobre el escándalo, son las pruebas “contundentes” de que Arias estaba de “acuerdo” y que “fraguó el plan común” con los defraudadores.

Tomado de la Sentencia SP9225-2014
página 349

La Procuraduría de Ordóñez: valiente defensora de la justicia en el caso Arias

Muchos opinadores han utilizado el fallo disciplinario de Ordóñez como prueba de que es justa la condena penal de Arias.

Pero no hay nada que esté más lejos de la realidad. Ordóñez defendió la inocencia de Arias no sólo durante el proceso, sino en varios escenarios después del fallo.

En la sentencia consta que la Procuraduría “solicitó absolver al ex Ministro de todos los cargos imputados por la Fiscalía”.

Señaló que “no se estableció con certeza que el Ministro tuviera el control sobre las modalidades de contratación o la estructura técnica de los convenios o que directamente seleccionó al IICA como socio cooperante”, tampoco se “probó, que el doctor ARIAS LEIVA también controlaba el comité interventor”, ni “demostró que tales convenios hubieran sido estructurados por el Ministro ARIAS”, y finalmente que “si en gracia de la discusión se pretendiera atribuir responsabilidad penal al Ministro, esta no sería dolosa sino culposa, dada la falta de diligencia para detectar las falencias y errores presentes en los convenios y la errónea aplicación de los Decreto 393 y 593 de 1991”.

Pero la defensa de Arias por parte de Ordóñez no paró ahí. Como Procurador insistió ante la Corte Constitucional para que revisara una tutela contra la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, pues se le violaron varios derechos fundamentales en el proceso. Y en agosto de 2016 le escribió al Vicefiscal General Adjunto de EE.UU. intercediendo favorablemente para que le concedan asilo en ese país.

Por otra parte, circula en redes sociales un video en el que comparan las declaraciones dadas por Ordóñez a los medios sobre el fallo disciplinario, en el que afirma que se probó el dolo de Arias, con otras dadas en el programa La Noche de Claudia Gurisatti, en el que dice que no hubo dolo, con el cual se pretende señalar una supuesta contradicción de Ordóñez en el tema de Arias.

Una lectura del fallo de Ordóñez o ver el fragmento de la entrevista de La Noche, deshace la falsa contradicción que plantea la revista Semana.

Esta afirmación también es falsa. El dolo a que se refiere Ordóñez en el proceso disciplinario tiene que ver con el exceso en los gastos de operación frente al porcentaje autorizado para vigencias futuras, un tema técnico que nada tiene que ver con el dolo que la Corte le imputa en los dos delitos por los que fue condenado.

Tomado del fallo disciplinario de la Procuraduría contra Andrés Felipe Arias

Naciones Unidas declaró que condena contra Arias viola sus derechos humanos

Adicionalmente, el 27 de julio de 2018 el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas encontró dos violaciones por parte del Estado de Colombia en el proceso judicial contra Andrés Felipe Arias: uno por la falta de segunda instancia y el otro por no haber hecho un estudio de proporcionalidad en la condena de inhabilidad perpetua para ocupar cargos públicos.

Esta decisión del organismo más respetado por la izquierda mundial, prácticamente una especie de Vaticano para los mamertos y defensores de derechos humanos, ha servido para dejar en evidencia la hipocresía de muchos autodenominados “defensores de derechos humanos”, que ahora se rasgan las vestiduras con la posibilidad de que se tramite una ley que le permita a Colombia cumplir con esa deuda que tiene con Arias en materia de derechos humanos, argumentando para este caso nada más, razones de “inconveniencia”.

¿Mediocridad o corrupción periodística? El cubrimiento mediático del caso Arias

Pero de todo este episodio, lo más lamentable es el papel que han jugado los medios de comunicación, en deformar sistemáticamente la percepción de la opinión pública sobre la condena contra el exministro de Uribe.

Desde el primer momento en que se destapó el escándalo, comenzando con la desaparecida Revista Cambio 16, los principales medios crearon una verdad alterna sobre su condena: “Arias desvió los recursos dirigidos familias campesinas pobres, para beneficiar a ricos terratenientes que apoyaron su campaña/la de Uribe”.

[youtube https://www.youtube.com/watch?v=Yzl2ZjlosTc&w=560&h=315]

Para cualquier periodista que haya leído la ley de AIS, los términos de referencia de las convocatorias para los subsidios y la sentencia de la Corte Suprema, lo mínimo necesario para cubrir el tema, está claro que esa afirmación no es más que una fabricación mediática.

Seguro habrá periodistas bien informados que estén de acuerdo con la condena de Arias y que compartan las razones de la Corte para ello, incluso pueden alegrarse de que le hayan impuesto 17 años y esperar ansiosamente verlo en la Picota. Son humanos y no se les puede criticar por ello.

Pero si son “periodistas” profesionales, saben con plena certeza que eso de que Arias “entregó a los ricos los subsidios que eran para los campesinos pobres”, no es más que el pedazo de Fake News más grande del periodismo colombiano contemporáneo.

¿Es la manipulación mediática una amenaza para la democracia?

Y si bien es posible creer que alguno o varios de los periodistas que cubren estos temas, no tienen el profesionalismo suficiente como para profundizar en los detalles de la noticia que están cubriendo, es increíble pensar que ninguno en la redacción de los grandes medios lo haya hecho.

Lo cual nos lleva a un escenario peor aún que el de la mediocridad profesional, y es el de la corrupción moral de los periodistas: seguramente varios en los grandes medios saben que semejante acusación mediática contra Arias es falsa, pero les da igual que su medio la difunda y las nefastas consecuencias que pueda tener, no sólo para los directos implicados sino para la opinión pública en general, que termina engañada en tema de trascendencia nacional.

Contrasta tanta negligencia investigativa y tanta indolencia con la opinión pública de los medios en el caso Arias, con la gran profundidad y circunspección que mostraron en el caso Mockus, en el que fueron cuidadosos de separar la acusación de la condena, precisar los detalles de los pronunciamientos judiciales, y preservar con rigor implacable la buena fe del destituido.

¿Será que detrás de ese marcado doble estándar en el trabajo periodístico, hay una agenda oculta?

Los beneficiarios de la desinformación contra Arias

El principal beneficiario con semejantes “errores” en el cubrimiento de la noticia ha sido el movimiento de izquierda antiuribista.

El caso de Arias se ha convertido, junto con las acusaciones de paramilitarismo de Uribe, en la columna vertebral de su discurso, especialmente efectivo en la población más joven que no tiene ninguna memoria de Uribe como gobernante.

La realidad es que prácticamente todas las redacciones de los medios en Colombia son de izquierda.

Si hubiera algún infiltrado sería de la derecha.


Felipe López (dueño de Semana) – Revista Semana, Entrevista con Maria Jimena Duzán, septiembre de 2007.

Y la influencia indebida que los medios en la administración de justicia es un asunto cada vez más preocupante.

Para nadie es un secreto que el primero en condenar (Arias) o absolver (Mockus) es el tribunal de los medios, y luego, para los administradores de justicia es muy difícil apartarse de esa narrativa que se ha impuesto en la opinión pública.

Además, los operadores judiciales que se apartan del juicio mediático corren el riesgo de convertirse ellos mismos en “reos” de la inquisición mediática, algo que exige un heroísmo que no es fácil de encontrar.

De hecho, el defensor de Arias, Jorge Aníbal Gómez, explicó en la Revista Dinero en junio de 2011 que el escrito de acusación de la Fiscalía de Viviane Morales prácticamente repetía las frases de los informes periodísticos.

¿Se equivocaron de buena fe los magistrados que condenaron a Arias?

Luego de evidenciar los esfuerzos dialécticos que tuvo que hacer la Corte para “probar” la mala fe de parte de Arias, y así responsabilizarlo de los “delitos”, surge la cuestión de si, como dijo Héctor Abad Faciolince en BLU Radio “los magistrados tomaron una interpretación de buena fe”.

Y hay bastantes hechos de público conocimiento para dudar de esa buena fe.

En primer lugar, en el marco del choque de la Rama Judicial contra Uribe por las chuzadas ilegales, se conocieron como en sus debates los magistrados repetidamente invocan argumentos de carácter político para decidir el sentido de sus fallos.

Uno de los señalados “capos” del Cartel de la Toga, el magistrado Leonidas Bustos dijo en relación con las decisiones de la parapolítica: “contraigo mi intervención a que los argumentos que esbocemos sean argumentos de conveniencia política, social. Si nosotros tratamos de sustentar este último criterio con argumento de carácter jurídico, esta discusión sería bien bizantina”.

[youtube https://www.youtube.com/watch?v=qcLxN7b4Q3g&w=560&h=315]

Bustos fue uno de los magistrados que condenó a Arias, junto a su compañero de cartel, el magistrado Gustavo Malo. También la Sentencia contra Arias el magistrado José Luis Barceló, conocido por haber intentado emitir una orden de detención contra Uribe en un proceso lleno de irregularidades.

Por otra parte, la Magistrada María del Rosario González se declaró impedida para fallar el caso de Arias, porque desde 2008 se había declarado “perseguida” política por el Gobierno de Uribe. Sin embargo, fue la que terminó redactando la sentencia.

La magistrada Patricia Salazar Cuéllar ni siquiera participó en el debate del caso, simplemente firmó la decisión de sus compañeros.

¿Actuó el Cartel de la Toga también en este proceso?, ¿repitió Bustos su discurso sobre la “conveniencia política, social” en la decisión contra Arias?, ¿fueron estos argumentos los que tuvieron más peso en la Sala para decidir la condena al exministro?

Como explicaba Enrique Gómez, la situación actual del país se debe en buena medida al “triunfo de la mediocridad”. Descripción que se puede aplicar tanto a la situación de los medios de comunicación como a la justicia.

Pero la mediocridad no es suficiente para explicar la responsabilidad que tienen la convulsionada situación política de Colombia.

Es necesario además tener en cuenta el pronunciado sesgo político de izquierda que predomina en ambos, y el efecto “groupthink” (pensamiento colectivo) que genera en estos gremios la falta de diversidad intelectual.

De lo que no hay duda es que, si no se ponen controles a sus abusos o si no surgen en su interior nuevos liderazgos que rectifiquen su camino, la politización de los medios y de la justicia se convertirá en la más grande amenaza a la democracia en nuestro país.

Documentos:

Sentencia completa Corte Suprema de Justicia contra Andrés Felipe Arias:

Fallo de la Procuraduría contra Arias por Agro Ingreso Seguro:

Decisión del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidos sobre violación a los derechos humanos de Arias:

Leave a Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.