Como parte de la «celebración mundial del día contra la homofobia», el portal KienyKe (Edgar Artunduaga, Fabio Echeverry Correa y Adriana Bernal), presentaron una historia narrada por un estudiante de Bogotá que a los 16 años fue abusado sexualmente por su profesor de música, pero a quien agradece la experiencia pues, según sus palabras: «la disfruté…gracias a él y a mis posteriores experiencias con mujeres, comprendí que era gay, que a las mujeres las respetaba pero no deseaba«.
Esta historia, que a primera vista debería ser parte de la sección judicial de los periódicos, marca un hito en la desensibilización moral de la sociedad, que ahora ve con buenos ojos (a través de uno de los principales portales digitales del país), el que los profesores recurran a sus estudiantes menores de edad para satisfacer sus impulsos sexuales, y que asuman la misión «enseñarles» a través de prácticas genitales a descubrir su orientación sexual.
La historia, que se puede consultar en este enlace, narra con detalles pornográficos la experiencia de un estudiante de 10°, de un colegio del norte de Bogotá, con su profesor de música quien lo nombró como su monitor, lo invitó a su casa con la excusa de revisar unos trabajos y allí tuvo relaciones sexuales con él.
Según cuenta el autor de la nota, al día siguiente la relación terminó: «Manuel nunca me volvió hablar, en frente de todo el mundo dijo que ya no era necesario tener monitor. Lloré en mi cuarto cada noche durante una semana, en ese momento me sentí usado«, sin embargo, justifica su actitud como normal, pues según él entendió que los hombres «sólo quieren sexo», y además dice que aprendió de la experiencia y la disfrutó.
Si bien este caso no podría ser calificado como pedofilia, pues el Código Penal Colombiano lo contempla en el artículo 208 como un delito para menores de 14 años; también es cierto que por la diferencia de edades que existía entre el profesor (casado, con 2 hijos, ejerciendo autoridad sobre su estudiante) y el alumno (quien se encontraba en situación de indefensión y subordinación), bien podría considerarse la existencia del delito contemplado en el artículo 207 del mismo Código, el cual sanciona a quien acceda carnalmente a una persona que se encuentre en una condición «de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento», como bien podría ser el caso de un estudiante y su alumno menor de edad.
Más allá del mensaje de aceptación que el portal KienyKe da sobre este tipo de abusos sexuales, y lo que esto significa para la sociedad, pues se configura como un referente para lo que la opinión pública considera como «correcto, normal y aceptable»; es válido interrogarse si la actual campaña de promoción de las expresiones homosexuales en los colegios, dirigida por La Corte Constitucional a través de la Sentencia de Sergio Urrego, y ejecutada actualmente por el Ministerio de Educación Nacional, con el concurso de organizaciones de activismo homosexual, facilitará que este tipo de abusos se generalicen en los colegios, y se disfracen sencillamente de una «ayuda» de profesores a estudiantes a descubrir su sexualidad.