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Corte Constitucional rechaza nueva demanda provida

Corte Constitucional rechaza nueva demanda provida
Escrito por Redacción R+F

La Corte argumentó que la demanda era de difícil comprensión.

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La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una predecible al declararse inhibida para pronunciarse sobre una demanda presentada en contra del artículo 122 del Código Penal.

La demanda, interpuesta por la doctora en derecho Natalia Bernal Cano, quien alegaba la vulneración de los deberes nacionales e internacionales de prohibir y sancionar la tortura, así como las obligaciones de protección a los niños, especialmente a los que se encuentran en condición de discapacidad.

Sin embargo, la Sala Plena de la Corte consideró que la demanda no cumplía con los requisitos de claridad, certeza y especificidad necesarios para adelantar el control de constitucionalidad propuesto. En particular, la Corte argumentó que la demanda era de difícil comprensión y que no era claro el alcance que la actora pretendía darle a su acción.

“La Sala tampoco encontró acreditado el requisito de certeza, por cuanto la demanda afirma que, con fundamento en el artículo 122 del Código Penal, la Corte Constitucional ordena los procedimientos de feticidio y de parto forzado de bebé mortinato por razones no médicas; con lo cual atribuye contenidos normativos ajenos a la disposición demandada”, señala la decisión.

Además, la Corte censuró a la demandante y a otros ciudadanos provida señalándolos de utilizar el proceso para ventilar asuntos ajenos al objeto de la acción. Ante esta situación, la Corte reiteró su jurisprudencia sobre las características del proceso de constitucionalidad por vía de acción, haciendo énfasis en la importancia de la existencia de “un debate genuino y respetuoso”.

Las principales organizaciones provida se han mostrado reacias a acudir a la Corte Constitucional para buscar la protección de los bebés por nacer y sus madres, ante la consolidación de las mayorías abortistas en esta corporación.

Fuente: Corte Constitucional

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