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La Misa Tradicional: ¿restricción, abrogación, derogación o destrucción de la Liturgia?

TC Misa Tradicional
Escrito por Redacción R+F

Un contraste ineludible: “Traditiones Custodes”, de Francisco, y “Summorum Pontificum”, de Benedicto XVI.

¿El fin de la Liturgia Romana? ¿Se abre la puerta a un Cisma?

Una visión de la contraposición que se plantea, y voces que se pronuncian sobre este reciente hecho en la Iglesia.

El sitio web oficial del Vaticano ha publicado el Motu Proprio “Traditiones Custodes”, promulgado este 16 de julio de 2021.

Según la síntesis del Boletín, se trata de la «Carta apostólica en forma de “Motu Proprio” del Sumo Pontífice Francisco “Traditiones Custodes”, sobre el uso de la liturgia romana antes de la reforma de 1970».

Lo primero que llama la atención, y que ha suscitado diversas reacciones, es la cuestión: ¿por qué Francisco ha contrapuesto un documento magisterial suyo a uno anterior de su predecesor Benedicto XVI?

¿Qué riesgo cabe en un Motu Proprio como SUMMORUM PONTIFICUM, que destaca cómo la forma “extraordinaria” de la Santa Misa jamás fue abrogada (suspendida), además de su enorme riqueza litúrgica y del valor que para muchos católicos tiene esta forma del rito? Valor que no se mide ni expresa por el gusto particular que sobre él tengan algunos fieles, sino por su contenido, profundidad y carácter de “Traditio” (Tradere), es decir, de Tradición que trae y que une en Espíritu y en Verdad a los Católicos de todas las épocas en la celebración del único Sacrificio grato a Dios.

Documento que fue debidamente madurado y presentado a los Obispos del mundo con una carta (invitamos a leerla), en la que Benedicto XVI afrontaba, respondía y despejaba las mismas objeciones con las que hoy –de manera contradictoria– se justifica la promulgación del “motu proprio” de Francisco.

Allí, el Papa Benedicto XVI exponía con claridad, disipando todas las dudas al respecto:

Queridos Hermanos en el Episcopado:

Con gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el texto de una nueva Carta Apostólica “Motu Proprio data” sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples consultas y de oración.

Noticias y juicios hechos sin información suficiente han creado no poca confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto cuyo contenido en realidad no se conocía.

A este documento se contraponían más directamente dos temores, que quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.

En primer lugar existe el temor de que se menoscabe la Autoridad del Concilio Vaticano II y de que una de sus decisiones esenciales –la reforma litúrgica se ponga en duda. Este temor es infundado.

Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal –la Forma ordinaria– de la Liturgia Eucarística.

La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica.

No es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran “dos Ritos”. Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.

Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido.

[…].

Todos sabemos que, en el  movimiento guiado por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo externo; pero las razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en profundidad. Muchas personas que aceptaban claramente el carácter vinculante del Concilio Vaticano II y que eran fieles al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia.

Esto sucedió sobre todo porque en muchos lugares no se celebraba de una manera fiel a las prescripciones del nuevo Misal, sino que éste llegó a entenderse como una autorización e incluso como una obligación a la creatividad, lo cual llevó a menudo a deformaciones de la Liturgia al  límite de lo soportable. Hablo por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo con todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto han sido profundamente heridas por las deformaciones arbitrarias de la Liturgia personas que estaban totalmente radicadas en la fe de la Iglesia.

[…].

Permanece difícil, en cambio, la cuestión del uso del Misal de 1962 fuera de estos grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas, sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que la autoridad del Concilio fuera puesta en duda. Enseguida después del Concilio Vaticano II se podía suponer que la petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación más anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha visto claramente que también personas jóvenes descubren esta forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran en la misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de encuentro con el Misterio de la Santísima Eucaristía. Así ha surgido la necesidad de un reglamento jurídico más claro que, en tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar siempre de nuevo cómo responder a las diversas situaciones.

En segundo lugar, en las discusiones sobre el esperado Motu Proprio, se expresó el temor de que una más amplia posibilidad de uso del Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones en las comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece realmente fundado. El uso del Misal antiguo presupone un cierto nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua latina; tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos presupuestos concretos se ve claramente que el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.

CARTA DEL SANTO PADRE BENEDICTO XVI A LOS OBISPOS QUE ACOMPAÑA LA CARTA APOSTÓLICA “MOTU PROPRIO DATA” SUMMORUM PONTIFICUM SOBRE EL USO DE LA LITURGIA ROMANA ANTERIOR A LA REFORMA EFECTUADA EN 1970 (Extracto).

Al leer esta carta y contrastarla con la nueva, la contraposición es evidente. De ahí la perplejidad, el desconcierto y las reacciones que la última disposición de Francisco ha suscitado.

Si Benedicto XVI lo expuso y respondió con claridad a las supuestas objeciones, ¿por qué vuelven éstas hoy –en cabeza de Francisco– a hacerse prevalecer hasta imponerse sobre el acto Magisterial del anterior Sumo Pontífice? ¿De dónde procede esta contradicción?

¿Por qué esta restricción a Summorum Pontificum? ¿Por qué se advierte un supuesto ‘peligro de división’ ante la coexistencia de las dos formas de celebración eucarística en lugar de la riqueza litúrgica de la Iglesia y del culto Sagrado debido a Dios?

A continuación citamos diversas fuentes, tanto informativas como de opinión, cercanas u opuestas a Francisco, que dan cuenta y ofrecen sus particulares punto de vista sobre este hecho eclesial:

– Así informó ACIPRENSA sobre el hecho:

TC Aciprensa
TC Aciprensa

– Así comentó el hecho el Padre Raúl Sánchez:

– Así lo analiza el Centro Cultural Cruzada:

TC Cruzada
TC Cruzada

– Así lo recibe Adelante la Fe:

TC Adelante la Fe
TC Adelante la Fe

– Así lo valora Adoración y Liberación:

– Así lo explica Henry Gómez Casas:


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