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El exdiputado de Podemos, Pablo Echenique, será procesado por el Juzgado de Instrucción Número 38 de Madrid tras una denuncia interpuesta por la asociación Abogados Cristianos. La causa se origina en unas polémicas declaraciones realizadas por el político en la red social X (antes Twitter), donde estableció una controvertida comparación estadística entre sacerdotes y personas migrantes.
La jueza instructora ha determinado que existen indicios suficientes para sentar en el banquillo al exdirigente podemita por un mensaje publicado en mayo de 2024, en el que afirmó que «estadísticamente es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante». La magistrada considera que los hechos podrían constituir «un delito de provocación a la discriminación y al odio«, tipificado en el código penal con penas que oscilan entre uno y cuatro años de prisión, además de multas de seis a doce meses.
El origen de la controversia se remonta a una entrevista concedida por el arzobispo asturiano Jesús Sanz a InfoVaticana, donde el prelado manifestó que «en España no caben todos», refiriéndose al fenómeno de la inmigración irregular. Estas declaraciones provocaron una airada reacción de Echenique, quien respondió a través de su cuenta en X sugiriendo que «desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria«.
Durante su comparecencia ante el juzgado en septiembre, el exdiputado intentó matizar sus declaraciones, asegurando que su intención no era criminalizar al colectivo sacerdotal en su conjunto, sino defender a la población inmigrante. Sin embargo, la organización querellante, Abogados Cristianos, mantiene que las manifestaciones de Echenique constituyen un claro ejemplo de discurso de odio dirigido específicamente contra los sacerdotes católicos.
La acusación particular, ejercida por Abogados Cristianos, solicita para Echenique una pena de un año de prisión, además de una multa de seis meses. Como medida adicional, reclaman su inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con el ámbito educativo por un período que podría extenderse entre tres y diez años más allá de la eventual pena de prisión que pudiera imponérsele.
Este caso ha generado un intenso debate sobre los límites de la libertad de expresión y el discurso de odio en las redes sociales, especialmente cuando involucra a figuras públicas y representantes políticos. La comparación estadística realizada por Echenique ha sido ampliamente cuestionada por carecer de fundamento empírico y por su potencial para estigmatizar a un colectivo específico.
La decisión judicial de procesar al exdiputado marca un precedente significativo en la jurisprudencia española sobre delitos de odio, particularmente cuando estos se dirigen contra grupos religiosos. El caso también pone de manifiesto la creciente importancia de la responsabilidad en el uso de las redes sociales por parte de los representantes públicos y las consecuencias legales que pueden derivarse de manifestaciones consideradas discriminatorias o difamatorias.
Fuente: Echenique será juzgado por delito de odio contra los sacerdotes