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Comité de la ONU tergiversa el derecho y exige a Guatemala redefinir el embarazo forzado

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Un comité de “derechos humanos” de las Naciones Unidas ha emitido una controvertida resolución que insta al gobierno de Guatemala a modificar sus leyes restrictivas sobre el aborto, en una decisión que, aunque limitada, pareciera exigirle carácter vinculante al país centroamericano.

El Comité de Derechos Humanos, encargado de supervisar la implementación del tratado de derechos civiles de la ONU, determinó que las actuales leyes guatemaltecas en materia de aborto ‘violan sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos’. La opinión resulta doblemente polémica, no solo por exigir la legalización del aborto, sino por intentar redefinir el término jurídico técnico de «embarazo forzado» para incluir cualquier negación de acceso al aborto.

El caso fue presentado por el “Centro de Derechos Reproductivos”, una firma abortista con un presupuesto anual de 40 millones de dólares, que alegó que Guatemala había permitido que su sistema de salud pública perpetrara un «embarazo forzado» en una adolescente de 14 años. La menor, a quien se le negó el aborto bajo las leyes guatemaltecas, reportó haber sufrido depresión y tendencias suicidas como resultado. Esta firma promueve activamente un ‘derecho internacional al aborto’ mediante litigios en tribunales nacionales e internacionales.

La decisión del Comité de considerar la negación del aborto como un «embarazo forzado» marca un precedente que contradice la definición existente en el derecho internacional. Según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, el «embarazo forzado» es un término técnico que describe un crimen de guerra específico, definido como «el confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otras violaciones graves del derecho internacional».

Es importante señalar que la definición del Estatuto de Roma fue deliberadamente redactada para excluir las leyes sobre el aborto, reconociendo que no existe un derecho internacional al mismo. De hecho, el estatuto establece explícitamente que «esta definición no afectará de ninguna manera a las leyes nacionales relativas al embarazo».

El Comité, ignorando, extralimitando y forzando la definición del Estatuto de Roma, ordenó a Guatemala compensar a la menor y » realizar los cambios necesarios en la legislación y políticas para garantizar que todas las niñas víctimas de violencia sexual, incluido el incesto y la violación, tengan acceso efectivo a servicios para ‘interrumpir su embarazo’ «. Además, instó al gobierno guatemalteco a continuar los esfuerzos para despenalizar el aborto y asegurar el acceso al ‘aborto terapéutico’ y la ‘educación sexual integral’.

La resolución del Comité se produce en medio de las negociaciones en curso para un nuevo tratado de la ONU sobre crímenes contra la humanidad en el comité legal de la Asamblea General. Uno de los puntos que han convertido en los más controvertidos es precisamente la definición de embarazo forzado. Varios países, incluyendo el Reino Unido, la Unión Europea, Canadá y los países nórdicos, buscan abandonar la definición taxativa del Estatuto de Roma para reemplazarla por una más laxa que incluiría cualquier negación de abortos o cuestiones anejas, como la atención para transgéneros y la ‘educación sexual integral’.

Fuente:UN Committee Tells Guatemala to Redefine Forced Pregnancy – C-Fam

TEXTO ORIGINAL DEL ARTÍCULO:

UN Committee Tells Guatemala to Redefine Forced Pregnancy

By Stefano Gennarini, J.D.

NEW YORK, June 20 (C-Fam) A UN committee of human rights experts told the Government of Guatemala that its restrictive abortion laws must change. Unlike many non-binding recommendations of UN rights bodies, the opinion in this case is binding to a limited degree.
The Human Rights Committee, charged with monitoring the implementation of the UN civil rights treaty, told the small Central American nation that its abortion laws violate its human rights obligations. The opinion of the UN treaty body is doubly controversial. Not only does the opinion call for legal abortion. It attempts to redefine the technical legal term “forced pregnancy” to include any denial of abortion.
The committee supported allegations from the abortion law firm Center for Reproductive Rights that Guatemala had allowed the public health system to perpetrate a “forced pregnancy” on a 14 year old. The girl was denied an abortion under Guatemala’s laws and complained of being depressed and suicidal as a result. The global abortion law firm with a $40 million annual budget promotes an international right to abortion through international and national litigation around the world.
In this case, the Center for Reproductive Rights was able to get the Human Rights committee to agree that the denial of abortion was a “forced pregnancy” and said this was a violation of the UN civil rights treaty. By agreeing with this characterization, the UN committee experts signaled willingness to declare any denial of abortion as a human rights violation. This is a highly provocative theory because it contradicts the existing definition of forced pregnancy in international law, one that was negotiated and adopted by states.
According to the Rome Statute of the International Criminal Court, “forced pregnancy” is a technical term to indicate a specific kind of war crime. It is narrowly defined as “the unlawful confinement of a woman forcibly made pregnant, with the intent of affecting the ethnic composition of any population or carrying out other grave violations of international law.”
The definition in the treaty was always understood to exclude abortion laws, because there is no international right to abortion. In fact, the definition of the Rome Statute expressly states that, “This definition shall not in any way be interpreted as affecting national laws relating to pregnancy.”
The Human Rights Committee did not even mention the definition in the Rome Statute in its decision on Guatemala, ultimately deciding that Guatemala must compensate the girl as well as “make necessary changes to law and policy to ensure that all girls who are victims of sexual violence, including incest and rape, have effective access to services to interrupt their pregnancy.” The committee further told the government of Guatemala to continue efforts to decriminalize abortion and to ensure access to therapeutic abortion and comprehensive sexuality education.
The opinion of the committee, published under a treaty procedure known as “individual communication,” is binding, even though in a limited way. The government of Guatemala is required to take into consideration the opinions of the committee.
The opinion is also expected to feed into ongoing negotiations of a new UN treaty on crimes against humanity by the legal committee of the General Assembly. One of the hotly contested issues in that negotiation is the definition of forced pregnancy. Some countries, including the United Kingdom, the European Union, Canada, and Nordic Countries want to drop the narrow definition of forced pregnancy in the Rome Statute and replace with a broad definition that would include any denial of sexual and reproductive health services and information, including abortion, transgender-affirming care, and comprehensive sexuality education.

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