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Lista la eutanasia infantil: Colombia en la pendiente resbaladiza hacia una práctica ilimitada

Sin desconocer el escozor que sigue generando la reglamentación expedida por el Minsalud sobre el mal interpretado derecho a la “muerte digna” en NNA, incluso entre quienes avalan el “homicidio por piedad” para adultos mayores, las últimas sentencias de la Corte Constitucional apuntan a que las reiteradas “excepciones, garantías o límites” pregonadas por el ministro sean una mera ilusión. Ahora es cuando la tutela que interpuso Jeison Aristizábal requiere más impulso y quienes lleguen al Congreso y a la Presidencia le pongan un tatequieto a la Corte.

“Si dos Magistrados y un Ministro pueden decidir sobre el derecho a la vida y el destino de los niños, ¿para qué son las elecciones de mañana?, ¿cuál es la razón de ser del Congreso?”.

Esta frase, que empieza a circular en redes sociales a pocas horas de que el Ministerio de Salud haya expedido la Res. 825 de 2018 “para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad de los niños, niñas y adolescentes” (NNA), desvela el problema de fondo: la ilegitimidad a todas luces de esta reglamentación, porque la misma sentencia de la Corte que la ordenó está viciada, y que la práctica de la eutanasia no tendrá límites -como hoy ya está pasando con el aborto-, a menos que los líderes del país la frenen y susciten la revolución de la cultura de la vida, la única que puede operar en la conciencia de cada persona para restablecer el orden natural de la cosas.

¿En qué momento Colombia se convirtió en el primer país de Latinoamérica en despenalizar el “homicidio por piedad” para adultos, llamándolo con el eufemismo de “derecho a la muerte digna”, y ahora en el tercer país del mundo en avalar la eutanasia infantil, después de Bélgica y Holanda? De hecho, al Ministro de Salud, Alejandro Gaviria, que tanto se ha preocupado por cumplir a cabalidad las órdenes de la Corte, cabría preguntarle: ¿por qué limitar la eutanasia a unos requisitos y no simplemente permitir un libre acceso al suicidio asistido?

La ilusión de la “autonomía personal”

Lo más grave está por venir, porque el ministro Gaviria no terminaba de resolver su propio problema de conciencia con el denominado “consentimiento sustituto”, y la Corte Constitucional le acaba de ordenar en otra sentencia que ahora debe modificar la Res. 1216 de 2015 -que reglamentó la eutanasia para adultos mayores-, para que los familiares puedan decidir por pacientes en estado vegetativo persistente o incapaces de expresar su voluntad, y pidan la eutanasia para ellos.

¿Dónde quedarán entonces los pilares ineludibles, que pregonan los defensores de la eutanasia, de la “autonomía individual” y la “indelegabilidad de la decisión”? Más adelante podrán demandar la resolución de eutanasia infantil apelando por el derecho de los padres a decidir por la muerte de sus hijos y la Corte, en “coherencia” con sus fallos anteriores, responderá que también hay que modificar esa norma para permitir el consentimiento sustituto en menores de edad cuando estos nunca hayan solicitado su propia muerte.

El siguiente paso podría ser la reglamentación de “la muerte intencional de los recién nacidos con anomalías congénitas”, como lo contempla la Organización Mundial de la Salud y ya se ha hecho efectivo en Holanda bajo el “Protocolo de Groningen”, por el cual los médicos “ayudan a morir” a los bebés.

No hay que ser demasiado futuristas para comprender que el presupuesto de la “autonomía personal”, fundamento de la eutanasia, es una ilusión. Las altas cortes de Inglaterra acaban de negar la apelación que habían presentado los papás del bebé Alfie Evans, de 21 meses y en “estado semi-vegetativo”, para que le permitieran continuar el tratamiento en otro país, manteniéndose en la orden de desconectarle el soporte vital al pequeño. Ni siquiera valió la patria potestad, porque el Estado mismo se erige como el máximo titular de esta vida humana.

Otras dos preguntas, Ministro

Quienes promueven la eutanasia seguirán, sin embargo, enarbolando esta práctica dentro de un marco de supuestas excepciones, garantías y límites. “Más allá de las religiones, de las creencias de cada persona, debemos respetar la dignidad humana, la autonomía individual. De eso se trata la eutanasia en mi opinión”, respondió Gaviria en una reciente entrevista.

Ministro: ¿acaso cree que esta pendiente resbaladiza que, en efecto, ya empezamos a recorrer no desencadenará inevitablemente lo que ustedes los economistas llaman “incentivos perversos”, como justificaciones y premios, para que la familia, el cuidador, el cuerpo médico y la sociedad en general terminen considerando la “eutanasia” como un deber moral, incluso más persuasivo que si fuera un deber legal, y que debe sugerirse al enfermo por “su propio bien”.

– Esta es la pregunta que el Ministro se quedó sin responder el día de ayer, pues aunque aseguró que atendería nuestra entrevista y nos confirmaría la hora, finalmente no lo hizo; y aunque estuvimos varias horas en su oficina, finalmente decidió que tendría que posponerse –

La otra pregunta que que le queríamos formular era: ¿estas reglamentaciones para la eutanasia no crean el espacio para conflictos nuevos y dramáticos (diversidad de opiniones entre pacientes, médicos y familiares sobre cuándo debe alguien decidir morir), que hoy no se generan, y en los cuales son las personas con mayor vulnerabilidad, los enfermos -incluyendo a los niños-, son quienes quedan en la peor posición?

Los médicos ya están afrontando parte del conflicto. Psiquiatras infantiles, pediatras, paliativistas y sus asociaciones (por lo menos la Asociación Colombiana de Cuidados Paliativos) están inconformes con la Res. 825 de 2018, no solo porque la reglamentación mantuvo la equiparación o inclusión de la eutanasia dentro de la muerte digna (dos conceptos bien diferentes), sino porque el origen de esto obedeció a un fallo de la Corte que carece de objeto.

Colombia no necesita llenar el vacío normativo sobre la eutanasia en niños, no necesita entrar en discusiones de si un niño puede decidir si debe morir o no, a qué edad lo puede hacer, de si sus padres son competentes para decidir con él o por encima de él, o sobre que médico debe promulgar la sentencia de muerte; lo que se necesita es llenar los vacíos en prestación de servicios de salud, proporcionarlos con calidez y calidad, reglamentar las normas establecidas en cuidado paliativo”, afirmó en una columna publicada en 2017 Miguel A. Bayona, pediatra y estudiante de una maestría en Cuidado Paliativo Pediátrico de la Universidad de la Rioja (España).

De ahí la relevancia de la tutela que Jeison Aristizábal, Héroe CNN por su labor a favor de los niños con discapacidad, radicó el 21 de febrero ante el Consejo de Estado, por la cual se busca que la Sentencia T-544/17 se declare “improcedente e inaplicable” y se reverse la reglamentación del Minsalud. Así como que, en el mediano plazo, quienes lleguen al Congreso y a la Presidencia le pongan un tatequieto a la Corte, la cual viene imponiendo una cultura de la muerte a través de unos derechos inexistentes, o ¿usted cree que existe el derecho a matar?

*Foto principal tomada de: www.cathopic.com

¿Quieres que el Consejo de Estado falle a favor de la tutela de Jeison? Firma aquí.

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